La nueva Providencia del SAREN

Fue publicada en la Gaceta Oficial Nro. 42.987, de fecha 17 de octubre de 2024, la Providencia Administrativa NRO. 525 del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) por la cual se implementa la aplicación de medios electrónicos y biométricos para la prestación del servicio público registral y notarial.

De acuerdo con el artículo 1 de la mencionada Providencia la misma tiene como finalidad «regular la implementación de medios electrónicos en los procesos llevados a cabo por el Servicio Autónomo de
Registros y Notarías (SAREN), a efectos de optimizar el servicio de registro y notaría de una forma segura, eficaz y eficiente, relativos a comparecencia y comprobación de la
identidad de los y las otorgantes a través del análisis biométrico de los elementos de identificación de los usuarios y usuarias, en el marco del manejo electrónico de los procesos
registrales y notariales llevados por este Servicio.»

Formas electrónicas de reconocimiento e identificación biométrica

Existen diversas formas de reconocimiento y, por tanto, de identificación biométrica electrónica. Entre ellos, por ejemplo, los que emplean el escaneo del iris o de la retina de los ojos o, también, el registro sónico digital de la voz de las personas.

Sin embargo, el mecanismo seleccionado por el SAREN para la identificación de personas y prestación de sus servicios ha sido la captura electrónica de la huella dactilar de los usuarios.

Tecnologías disruptivas y servicios registrales

La irrupción de las tecnologías digitales en todos los ámbitos de la vida ha traído consigo una profunda transformación en la manera en que concebimos los trámites y procedimientos, incluídos los trámites de los servicios de registros y notarías. Como vemos, el sector registral no ha sido ajeno a esta evolución, y la biometría electrónica se presenta como una herramienta fundamental para garantizar la seguridad y la eficiencia de los procesos de autenticación y protocolización de instrumentos legales.

En este contexto, la digitalización de la huella dactilar emerge como un método de autenticación biométrica altamente confiable y seguro.

Al comparar las huellas dactilares de los otorgantes de un instrumento con las almacenadas en una base de datos biométrica, se puede verificar de manera inequívoca la identidad de las personas que intervienen en un acto jurídico.

La implementación de este sistema en los registros ofrece múltiples ventajas entre las que destacan las siguientes:

Reducción de riesgos: Se reduce significativamente el riesgo de suplantación de identidad, ya que la huella dactilar es una característica física única e intransferible.

Agilización de procesos: Se agilizan los procesos de verificación de firmas, lo que contribuye a disminuir los tiempos de respuesta y a mejorar la experiencia del usuario.

Interoperabilidad: La biometría electrónica facilita la interoperabilidad entre los distintos registros públicos, notarías y servicios públicos de identificación (como el SAIME), permitiendo la consulta y cruce de información de manera más eficiente.

Otros aspectos a considerar

Es importante destacar que la implementación de la biometría electrónica en el ámbito registral y notarial supone un marco normativo sólido que garantiza la protección de los datos personales y la privacidad de los ciudadanos. Asimismo, es necesario contar con una infraestructura tecnológica adecuada y con personal capacitado para operar y mantener los sistemas biométricos.

Conclusión

En definitiva, la biometría electrónica, y en particular la digitalización de la huella dactilar, representa un avance significativo en materia de seguridad jurídica y eficiencia administrativa en Venezuela. Su implementación en los registros y notarías contribuye a fortalecer el estado de derecho y a brindar mayor confianza a los ciudadanos acerca de los actos jurídicos que realizan.

Recuerda que la presente publicación es de carácter general e informativo. No constituye asesoría o consejo legal formal aplicable a casos específicos o particulares.

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