Inteligencia artificial, ¿Hábitos de consumo artificiales?

Un artículo reciente publicado por la Universidad de Cambridge tiene un título curioso y, a la vez, inquietante: «La economía impulsada por la inteligencia artificial venderá tus decisiones antes de tomarlas, advierten los investigadores«. Se trata de la llamada «economía de intención», que consiste en sistemas de mercado basados en la capacidad de la inteligencia artificial (IA) conversacional para influir en las decisiones humanas antes de que estas se tomen, creando un nuevo mercado para las intenciones de los consumidores. En otras palabras, la creación de demanda de productos y servicios a través de la manipulación de los consumidores. Esto siempre ha estado presente en nuestras sociedades a través de campañas publicitarias, mensajes «subliminales» y el llamado «Trendy Marketing».  Pero, utilizar el potencial de sistemas de IAs para orientarlo en este sentido lleva el asunto a otro nivel que no habíamos visto. Es crucial tener presente que una cosa es intentar vender de forma inteligente y persuasiva y otra, muy distinta, influir de forma subrepticia o inadvertida en la psique de las personas utilizando poderosas tecnologías basadas en el uso de inteligencia artificial para crearles la percepción de necesidades que, en realidad, no existen. Peor aun si lo que se promociona puede resultar nocivo para la salud física y mental de la gente. Uno, como abogado, no puede menos que preguntarse: ¿Cuáles serían los límites éticos y jurídicos de esta estrategia?

El nuevo escenario

La irrupción de los agentes de IA conversacional en nuestras vidas plantea un nuevo escenario que desafía los límites de la ética y el derecho. La posibilidad de que estas inteligencias artificiales puedan influir de manera encubierta en nuestras intenciones, abriendo paso a una «economía de la intención», genera profunda preocupación.

La perspectiva ética y jurídica

En primer lugar, surge la cuestión de la manipulación y el engaño. ¿Es aceptable que una máquina influya en nuestras decisiones sin nuestro conocimiento explícito? La falta de transparencia en estos sistemas podría socavar nuestra autonomía y capacidad para tomar decisiones informadas. Además, la responsabilidad por las acciones resultantes de esta influencia es un tema espinoso. ¿Quién debe responder si una IA induce a un usuario a tomar una decisión perjudicial o dañosa?

La privacidad de los datos también se ve comprometida. La construcción de modelos capaces de predecir nuestras intenciones requiere una gran cantidad de datos personales, lo que plantea riesgos para nuestra privacidad. Es fundamental establecer mecanismos robustos para proteger estos datos y garantizar que su uso se limite a fines legítimos.

Asimismo, la economía de la intención podría exacerbar las desigualdades existentes. Si las empresas pueden utilizar estas tecnologías para influir en las decisiones de los consumidores de manera selectiva, podríamos asistir a un escenario en el que unos pocos actores dominen el mercado. Además, el riesgo de manipulación política es evidente. La capacidad de influir en las opiniones públicas a gran escala podría tener consecuencias nefastas para la democracia.

La perspectiva de los regímenes legales de protección al consumidor.

En este contexto, cobran especial relevancia los regímenes jurídicos de protección al consumo que, tradicionalmente,  se han enfocado en proteger a los consumidores de prácticas comerciales desleales, como la publicidad engañosa o las cláusulas abusivas en contratos. La economía de intención plantea nuevos retos que podrían desbordar los marcos legales existentes.

Una de las principales cuestiones es determinar si la influencia encubierta de una IA en las decisiones de un consumidor constituye una práctica comercial desleal. ¿Se puede considerar publicidad engañosa una interacción con una IA que simula ser un humano? ¿Y qué ocurre cuando la influencia se ejerce de manera sutil y personalizada, aprovechando los datos personales del consumidor?

Otro desafío es la cuestión de la responsabilidad. Si una IA causa un daño a un consumidor como consecuencia de haber manipulado sus intenciones, ¿quién debe responder? ¿El desarrollador de la IA, la empresa que la utiliza o la propia IA? La atribución de la responsabilidad en estos casos es compleja y requiere una profunda reflexión jurídica.

Para abordar estos desafíos, será necesario adaptar los regímenes legales de protección al consumidor a la nueva realidad de la inteligencia artificial. Algunas de las medidas que podrían considerarse incluyen:

  • Obligación de transparencia: Exigir a los desarrolladores de IA que informen de manera clara y concisa a los usuarios sobre la naturaleza de la interacción y la posibilidad de que sus decisiones puedan ser influenciadas por la IA.
  • Derecho al olvido: Permitir a los usuarios solicitar la eliminación de los datos utilizados para modelar sus intenciones.
  • Responsabilidad objetiva: Establecer un régimen de responsabilidad objetiva para los desarrolladores de IA, exigiéndoles que respondan por los daños causados por sus productos, independientemente de si existe o no dolo o culpabilidad consciente.
  • Supervisión regulatoria: Crear organismos reguladores especializados en inteligencia artificial para supervisar el desarrollo y la utilización de estas tecnologías y garantizar el cumplimiento de la normativa.

En definitiva, la economía de intención representa una frontera ética y legal que debemos explorar con cautela. Es necesario un debate abierto y plural sobre cómo regular estas tecnologías para garantizar que se utilicen en beneficio de la sociedad y no para manipularla. La adaptación de los regímenes legales de protección al consumidor es una pieza clave para construir un marco normativo sólido y eficaz en este nuevo contexto.

Dejamos el enlace al artículo publicado por la Universidad de Cambridge, para quienes deseen consultarlo:

La economía impulsada por la inteligencia artificial venderá tus decisiones antes de tomarlas, advierten los investigadores

Este es el último post de joseluisurbneja.net en el año 2024. Es, entonces, propicia la oportunidad para desear a todos que el nuevo año 2025 les venga cargado de salud, paz, nuevas oportunidades, prosperidad y armonía.

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Nota: Esta publicación ha sido elaborada con el apoyo de sistemas de inteligencia artificial. La misma ha sido revisada y editada por un profesional del derecho. El contenido proporcionado es de carácter estrictamente informativo y tiene como objetivo ofrecer una visión general sobre el tema tratado. No constituye asesoría legal y no debe ser utilizado como sustituto de un consejo legal personalizado. Se recomienda consultar con un abogado para obtener asesoramiento legal formal y personalizado sobre cualquier asunto jurídico.