Mediación y Tecnología

En el marco de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), la mediación «online» se presenta como una alternativa eficaz para resolver conflictos familiares, priorizando siempre el Interés Superior del Niño.

La «mediación online» utiliza plataformas digitales para facilitar la comunicación, el diálogo y el acuerdo, alineándose con los principios de la LOPNNA, que fomenta la resolución pacífica de conflictos.

Ventajas de la «mediación online» desde la perspectiva de la LOPNNA

* Interés Superior del Niño. La tecnología puede favorecer este principio fundamental que inspira toda la normativa jurídica en materia de protección de niños, niñas y adolescentes.

* Flexibilidad de la mediación «online». Se pueden adaptar horarios y comunicaciones a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes.

* Facilita la participación. Respetando el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados.

* Corresponsabilidad. Fomenta la participación activa de ambos padres, fortaleciendo la responsabilidad parental.

* Inclusión. Ayuda a la participación de otros miembros de la familia y personas relacionadas como red de apoyo.

* Protección contra la Violencia. Ofrece un entorno seguro para la comunicación. Sin embargo, siempre se debe priorizar la seguridad del niño, niña o adolescente, por lo cual se deberá tener mucho cuidado con el tipo de mediación a realizar, y siempre anteponer la mediación presencial, en casos donde exista la mas mínima duda de que pueda existir violencia de cualquier tipo.

* Acceso a la Justicia: Facilita el acceso a la justicia para miembros de familias en zonas remotas, garantizando la protección judicial.

Consideraciones importantes:

* Se requiere consentimiento informado de todas las partes, incluyendo a los niños cuando sea apropiado.
* Se debe proteger la privacidad y seguridad de la información.

La mediación «online» es perfectamente aplicable a ciertos casos de LOPNNA, constituyendo un valioso recurso para la gestión de asuntos familiares en el ámbito jurisdiccional.

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