Visión General de la Sentencia

La sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia № 523 del 12 de noviembre de 2024, en el expediente N° 23-405, se centra en un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un caso laboral donde el demandante reclamaba el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. La decisión del tribunal es relevante en el ámbito laboral, pero también plantea consideraciones importantes sobre la validez probatoria de las comunicaciones electrónicas.

Naturaleza Laboral de la Sentencia

La sentencia aborda aspectos fundamentales del derecho laboral venezolano, especialmente en lo que respecta a la carga de la prueba sobre los salarios y las condiciones laborales. El tribunal reafirma que corresponde al trabajador demostrar situaciones extraordinarias, como el pago de salarios en moneda extranjera, lo que se considera un hecho exorbitante en el contexto legal venezolano. En este caso, la parte demandante no logró probar que su salario era pagado en dólares, lo que llevó a la anulación del fallo anterior y a la confirmación de que los pagos se realizaron en bolívares.

Además, se destaca que la causa de terminación de la relación laboral fue por renuncia y no por despido injustificado, lo que también influye en la improcedencia de ciertos conceptos reclamados por el demandante, como el preaviso y las horas extraordinarias.

El tema de la prueba de los intercambios de mensajes a través de plataformas de comunicación digital

En cuanto a la valoración probatoria de los intercambios de mensajes digitales o electrónicos aportados por la parte demandante en formato impreso en papel, la Sala Social del Máximo Tribunal de la República expresó:

«Dichas documentales fueron apreciadas anteriormente por esta Sala, siendo que no es la prueba libre el medio idóneo para certificar la autenticidad de los correos electrónicos y las conversaciones vía aplicación Whatsapp, por lo que se reitera su valoración, en cuanto a que al haber sido impugnadas carecen de valor probatorio, en razón de que fueron promovidas de forma impresa, sin demostrarse la autenticidad e integridad de los mensajes a través de medios de prueba auxiliares, es decir, el informe del ente competente o la experticia, por lo que se desechan. Así se aprecia.»

Probanza de la Autenticidad e Integridad de las Conversaciones Electrónicas (mensajes electrónicos)

Un aspecto crucial de esta sentencia es el tratamiento en cuanto a probanza de las conversaciones realizadas a través de plataformas como WhatsApp y correos electrónicos. Los intercambios de mensajes de datos (WhatsApps, Emails y otros similares) presentados en forma impresa en papel tienen, en principio, el valor probatorio de copias fotostáticas simples y al ser impugnados por la contraparte y, además, al no estar respaldados por experticia informática, pierden su valor probatorio pues no se demuestra su autenticidad e integridad. Esto implica lo siguiente:

  1. Requisitos para la Validez: Las conversaciones y correos electrónicos deben ser respaldados por informes o experticias que certifiquen su autenticidad e integridad. La simple presentación impresa de las conversaciones podría no ser suficiente para validarlas como pruebas en un proceso judicial.
  2. Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas: Los correos electrónicos y mensajes de WhatsApp son considerados mensajes de datos según la legislación venezolana. Esto significa que deben ser tratados con cuidado en términos de su validez probatoria, ya que su naturaleza electrónica exige un manejo específico para garantizar su integridad.
  3. Consecuencias de la Falta de Autenticidad e Integridad: En este caso particular, al haber sido impugnadas por la parte demandada y no haberse demostrado la autenticidad e integridad de las conversaciones presentadas por el demandante, estas fueron desechadas como prueba. Esto refuerza la idea de que en el contexto actual, donde las comunicaciones digitales son comunes, es fundamental establecer protocolos claros para la presentación y validación de este tipo de pruebas.

¿Cómo se demuestra la autenticidad e integridad de los mensajes electrónicos?

La manera idónea de comprobar que los mensajes intercambiados a través de WhatsApp y por correos electrónicos son auténticos e íntegros, según la sentencia analizada, implica los siguientes aspectos:

  1. Presentación de Pruebas Originales:
    • Es fundamental que las pruebas se presenten en su forma original (digital) y no solo en copias impresas en papel. Las copias simples de conversaciones o correos electrónicos no son suficientes para demostrar su autenticidad.
  2. Experticia Informática:
    • Se debe promover una experticia informática que valide la autenticidad e integridad de los mensajes.
  3. Informe de Entes Competentes:
    • Es conveniente que la autenticidad e integridad de los mensajes sea respaldada por un informe de un ente competente, como la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE). Este informe debe certificar que los documentos presentados son genuinos y no han sido alterados.
  4. Cumplimiento Normativo:
    • Se deben seguir las disposiciones establecidas en la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, así como, en este caso, en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que regulan cómo deben ser tratadas las pruebas.
  5. Valoración Judicial:
    • El tribunal tiene la responsabilidad de valorar las pruebas presentadas y decidir sobre su admisibilidad. Si las pruebas no cumplen con los requisitos de autenticidad, pueden ser desechadas.

Conclusiones

La sentencia destaca la importancia del manejo adecuado de las pruebas en el ámbito laboral, especialmente en un contexto donde las comunicaciones electrónicas son cada vez más frecuentes. La necesidad de demostrar la autenticidad e integridad de las pruebas electrónicas refleja un enfoque riguroso del tribunal hacia la protección del debido proceso y la justicia. Este enfoque no solo es relevante para el caso específico, sino que reitera un criterio importante para litigios laborales y de cualquier otra naturaleza donde se promuevan como pruebas comunicaciones intercambiadas a través de tecnologías de comunicación electrónica.

Esta decisión subraya la importancia de seguir procedimientos adecuados al presentar como pruebas los mensajes de datos y reafirma los principios fundamentales del derecho laboral venezolano en cuanto a la carga probatoria y las condiciones laborales.

Los «mensajes de datos» deben llevarse a juicio en su formato original. Es decir, en formato digital. Esto no impide que se puedan acompañar, también, en formato simple impreso en papel para mayor ilustración del tribunal y las partes. Esto aplica a juicios laborales y de cualquier otra naturaleza.

Para que los mensajes intercambiados a través de plataformas digitales sean considerados válidos en un juicio, es crucial que se demuestre su autenticidad e integridad mediante pruebas adecuadas, como la experticia informática y los informes de entes competentes. Esto garantiza que el tribunal pueda confiar en la veracidad de las comunicaciones presentadas como prueba.

Link a la sentencia

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Nota: Esta publicación ha sido elaborada con el apoyo de sistemas de inteligencia artificial. La misma ha sido revisada y editada por un profesional del derecho. El contenido proporcionado es de carácter estrictamente informativo y tiene como objetivo ofrecer una visión general sobre el tema tratado. No constituye asesoría legal y no debe ser utilizado como sustituto de un consejo legal personalizado. Se recomienda consultar con un abogado para obtener asesoramiento legal formal y específico sobre cualquier asunto jurídico.