La norma
El Artículo 142 de la LOTTT establece las reglas para la protección, cálculo y pago de las prestaciones sociales de los trabajadores.
Aspectos específicos contemplados

a – Garantía sobre prestaciones sociales: El patrono debe depositar trimestralmente el equivalente a quince días de salario, calculado con base al último salario devengado, como garantía de las prestaciones sociales. Después del primer año de servicio, se depositarán dos días de salario adicionales por año, acumulativos hasta treinta días.
b – Cálculo Final: Cuando la relación laboral termina, las prestaciones se calculan con base en treinta días por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, calculados al último salario.
c – Regla del Monto Mayor: El trabajador recibirá el monto que resulte mayor entre la garantía total depositada y el cálculo efectuado al final de la relación laboral (literales a y b).
d – Pago Oportuno: El pago debe realizarse dentro de los cinco días siguientes a la terminación de la relación laboral, y el incumplimiento genera intereses de mora a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela.
e – Depósito e Intereses: La garantía debe ser depositada en un fideicomiso individual, un fondo de prestaciones sociales, o acreditada en la contabilidad de la empresa. Si se acredita en la contabilidad, devengará intereses a la tasa promedio entre la activa y pasiva.
f – Inembargabilidad: Los intereses y la garantía de las prestaciones sociales son inembargables, salvo para el pago de obligaciones de manutención.
g – Anticipos: El trabajador tiene derecho a solicitar un anticipo de hasta el setenta y cinco por ciento de lo depositado como garantía para cubrir gastos de vivienda (construcción, adquisición, mejora, reparación, liberación de gravamen), educación, o atención médica y hospitalaria para él o su familia.
Recomendación para empleadores y trabajadores
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Nota: Esta publicación ha sido elaborada con el apoyo de sistemas de inteligencia artificial. Ha sido revisada y editada por José Luis Urbaneja Orlando, abogado en ejercicio independiente de la profesión. El contenido proporcionado es de carácter estrictamente informativo y solo ofrece una visión general sobre el tema tratado. No constituye asesoría legal y no debe ser utilizada como sustituto de un consejo legal personalizado. Se recomienda solicitar asesoramiento legal formal y personalizado sobre cualquier asunto jurídico. Revise las condiciones de uso de este sitio de internet.